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Una de las confusiones más frecuentes entre emprendedores, comerciantes y empresarios en Colombia es creer que registrar una empresa en Cámara de Comercio equivale a registrar una marca. Aunque ambos trámites son importantes para la formalización y protección de un negocio, no significan lo mismo, no se realizan ante la misma entidad y no otorgan los mismos derechos.
✅ El registro mercantil se realiza ante la Cámara de Comercio y tiene como finalidad acreditar públicamente la calidad de comerciante, registrar la existencia de una sociedad, persona natural comerciante o establecimiento de comercio, y dar publicidad a ciertos actos comerciales. En otras palabras, el registro mercantil sirve para formalizar la actividad económica del empresario y hacerlo visible frente a terceros, clientes, proveedores y autoridades. La Cámara de Comercio de Bogotá explica que el Registro Mercantil permite ejercer actividades comerciales y acreditar públicamente la calidad de comerciante.
✅ Por su parte, el registro de marca se realiza ante la Superintendencia de Industria y Comercio —SIC— y tiene como objetivo proteger un signo distintivo, es decir, el nombre, logo, expresión, símbolo o elemento que identifica los productos o servicios de una empresa en el mercado. A diferencia del registro mercantil, el registro de marca sí otorga un derecho de exclusividad sobre la marca, permitiendo a su titular impedir que terceros usen signos idénticos o similares sin autorización. La Decisión 486 de la Comunidad Andina establece que el registro de una marca confiere a su titular el derecho de impedir ciertos usos no autorizados por terceros.
La diferencia práctica es sencilla: el registro mercantil identifica y formaliza al comerciante; el registro de marca protege el nombre o signo con el que ese comerciante compite en el mercado. Por eso, registrar una empresa no reemplaza el registro de marca, ni garantiza que usted pueda usar libremente ese nombre para distinguir sus productos o servicios.
Esta diferencia es especialmente importante para quienes están creando una empresa, lanzando un producto, abriendo un restaurante, una tienda, una marca de ropa, una firma de servicios profesionales, una empresa digital o cualquier emprendimiento que dependa de un nombre comercial reconocible. Antes de invertir en publicidad, redes sociales, empaques, diseño de logo, página web o posicionamiento digital, es recomendable verificar si la marca está disponible y solicitar su registro ante la SIC.
En Benavides & Asociados Abogados recomendamos no confundir la matrícula mercantil con la protección marcaria. La Cámara de Comercio formaliza su negocio, pero la SIC protege su marca. Si usted quiere evitar conflictos, oposiciones, pérdida de inversión publicitaria o disputas con terceros, lo aconsejable es realizar primero una búsqueda de antecedentes marcarios y luego iniciar el trámite de registro de marca con asesoría especializada.













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